Conozca sus derechos

Es importante conocer sus derechos y responsabilidades y también las responsabilidades de la institución a la que planea asistir. Las leyes federales, como la Sección 504 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, están en vigor para garantizar la igualdad de acceso a los programas y actividades para los estudiantes con discapacidades. A continuación se presentan solo algunos de los derechos y responsabilidades que debe considerar al solicitar y asistir a la universidad. (Esta no es una lista completa).)

Antes de la admisión

  • Adaptaciones para las pruebas : los estudiantes pueden obtener cambios en las condiciones de las pruebas estandarizadas que les permitirán participar, siempre y cuando proporcionen documentación de un profesional calificado que indique el tipo de discapacidad y los cambios necesarios en el entorno de las pruebas. Algunos ejemplos de estos cambios se enumeran a continuación (esta no es una lista completa):
    • Letra grande
    • Respuestas grabadas en cinta
    • Tiempo de prueba extendido
    • Habitación privada
    • Intérprete de lenguaje de señas
  • Divulgación de discapacidad - Las instituciones no pueden preguntar si un estudiante tiene una discapacidad, pero se les permite preguntar si el estudiante puede cumplir con los estándares académicos y técnicos para el programa de la institución. Esta investigación no debe tener la intención de revelar el estado de discapacidad de uno. Si un estudiante decide revelar su estado de discapacidad, sería voluntario.
  • Decisión de admisión - Las instituciones no pueden preguntar a un estudiante si tienen una discapacidad antes de que se haya tomado una decisión de admisión. Tampoco se les permite negar la admisión a estudiantes calificados porque tienen una discapacidad.

Después de la admisión

  • Divulgación de discapacidades - Las instituciones no están obligadas a identificar a los estudiantes con discapacidades. Un estudiante no está obligado a revelar su discapacidad a la institución. Si un estudiante lo hace, será una divulgación voluntaria.
  • Documentación de discapacidad - Es responsabilidad del estudiante proporcionar la documentación adecuada a su institución. Las instituciones no están obligadas a realizar o pagar por los servicios de evaluación para documentar la discapacidad del estudiante. La mayoría de las instituciones no aceptarán el IEP o el plan 504 de la escuela secundaria del estudiante como documentación suficiente, así que consulte con la oficina de servicios para discapacitados para estudiantes para obtener los requisitos para la documentación aceptable. Si su documentación se considera insuficiente, entonces alguien de la institución se pondrá en contacto con usted para informarle de la documentación adicional que aún se necesita.
  • Solicitud de ajustes académicos - Con el fin de solicitar ajustes académicos y servicios, un estudiante tendrá que identificarse como tener una discapacidad. El estudiante trabajará con la oficina de servicios para discapacitados estudiantiles para determinar los mejores ajustes académicos para satisfacer las necesidades del estudiante. Las instituciones no están obligadas a hacer ajustes académicos que cambien o eliminen los requisitos esenciales del programa. Algunos ejemplos de ajustes académicos (esta no es una lista completa):
    • Reducción de la carga del curso
    • Tiempo extendido en las pruebas
    • Tomadores de notas
    • Lectores de pantalla
    • reconocimiento de voz
    • Dispositivos de grabación
    • Software adaptable
  • Costos - La institución es responsable de proporcionar y pagar sus ayudas o servicios académicos. No están obligados a pagar si la ayuda o el servicio causaran una carga financiera o administrativa indebida a la institución. La institución tampoco puede cobrarle más por un curso / clase de lo que cobran a los estudiantes sin discapacidades.

recursos adicionales

Para obtener más información sobre sus derechos y responsabilidades, visite los recursos enumerados anteriormente.